PGU: aumentarán prestaciones de servicio que deben pagar IVA

El  21 de diciembre de 2021, el gobierno ingresó, como una indicación a la Ley Corta de Pensiones, el proyecto de ley que crea una Pensión Garantizada Universal (PGU).

El 27 de enero de 2022, se aprobó unánimemente la PGU y su financiamiento. Junto a la indicación, también ingresó un nuevo proyecto de ley que reduce o elimina exenciones tributarias.

El 4 de febrero de 2022 se publicó la Ley Nº 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias para financiar la Pensión Garantizada Universal (PGU).  

La Ley comienza a regir el 1 de enero de 2023, lo que significa que nuevas prestaciones de servicios estarán afectos a IVA.

Antes de la modificación a la Ley 21.420 del IVA, muchos servicios no se afectaban con este impuesto, ahora todos ellos estarán afectos a IVA, salvo que puedan acogerse a alguna de las exenciones que la ley contempla.

Algunos de los servicios que antes no se afectaban IVA y desde Enero 2023 sí lo harán, son los siguientes:

Servicios de consultoría realizados por empresas (ingeniería, contabilidad, legales, otros),

Servicios de cobranzas,

Servicios de administración y dirección,

Servicios de diseño,

Servicios de desarrollo de software,

Servicios audiovisuales,

Servicios de domicilio virtual, entre otros.

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