En reunión celebrada este lunes por el Ministerio de Hacienda con un grupo de representantes de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), el ministerio de Hacienda mostró lo que piensan hacer en el proyecto de ley del impuesto a la renta. Lo primero, se creará un sistema “transparente”.
En este caso, las empresas que se acojan a este sistema gozarán de exención del Impuesto de Primera Categoría y cualquier persona podrá acceder a él ya que se propone eliminar el requisito de que todos los socios sean personas naturales. En este caso, los dueños de las empresas serán quienes deberán pagar impuestos en el sistema global complementario.
Si las empresas no quieren beneficiarse de este régimen, deben estar en el sistema integrado. Hoy tiene una tasa del 12,5% pero, según transmitió Hacienda a los sindicatos, debería comenzar a subir paulatinamente hasta llegar a una cifra que aún está en discusión. Para las PYME, esto debería ser inferior al 25%, que es la tasa a la que deberían volver el próximo año.
Otro eje es la creación de la “Ruta de Emprendimiento”. Este establece, en primer lugar, la creación de un monotributo que consiste en el pago de un monto fijo (inicialmente 1 UTM mensual) que reemplaza el impuesto a la renta, el IVA y las obligaciones previsionales. Este tendría un límite para las Pymes con ventas de hasta 1.800 UF el primer año y 2.400 UF el segundo año.
Sólo podrán adherirse a este régimen quienes se encuentren en la primera categoría, quedando excluidas las actividades profesionales.
Respecto para las grandes empresas se creará un nuevo régimen fiscal para las grandes empresas. Lo primero que mencionan es que las grandes empresas quedarán como régimen general en un sistema dual. Este sistema tendrá una tasa impositiva de primer nivel del 25%, por debajo del nivel actual del 27%.
Luego se creará una nueva tasa para los propietarios, contribuyentes finales, del impuesto a la renta del capital con una tasa del 16% que se retiene al momento de distribuir dividendos. Esto se aplicará únicamente cuando los accionistas se retiren y no si se retira entre empresas asociadas.
Adicionalmente, las utilidades distribuidas por una empresa sujeta a este régimen estarán gravadas por un nuevo impuesto sobre la primera distribución con una tasa del 4% independientemente de quién sea el destinatario de las utilidades al momento de la distribución.